He aquí los cambios más importantes que propone el nuevo Código de Trabajo:

-La edad mínima para celebrar contrato de trabajo será 18 años, alineándose con los convenios internacionales de la OIT.

-Se reduce el tiempo de cumplimiento del servicio social de 3 a 2 años.

-Se amplía el permiso para viajar al exterior hasta 1 año.

-La licencia sin sueldo será un derecho del trabajador, ya no una facultad discrecional de la administración.

-Todas las medidas disciplinarias podrán ser apeladas ante tribunales de justicia, incluyendo las de Mipymes y otras formas no estatales.

-La responsabilidad material también se podrá cuestionar judicialmente.

-Aparece la figura del trabajador autónomo (TCP) sin subordinados ni dependencia.

-Los tribunales podrán conocer del fondo en casos de disponibilidad laboral.

-Se exigirá un seguro para trabajadores no estatales en situaciones de epidemias, huracanes o apagones prolongados.

-Se define claramente el concepto de negligencia.

-Se autoriza licencia retribuida para cuidadores.

-Crearán una app para facilitar la búsqueda de empleo en plataformas digitales.

-Se cambia “idoneidad demostrada” por “capacidad demostrada” para ingresar al empleo.

-Se prohíbe el contrato por tiempo determinado para labores permanentes.

-Se establecen medidas para garantizar acceso, movilidad y desarrollo de personas con discapacidad.

 -Se reconoce el derecho al teletrabajo donde sea posible.

 -Los regímenes especiales pasarán a la vía judicial, excepto en FAR y MININT.

Este anteproyecto representa un avance importante para la protección y ampliación de derechos laborales en Cuba.

Tomado de: Observatorio Social Universitario UCf

Foto Portada: Periódico Escambray

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