He aquí los cambios más importantes que propone el nuevo Código de Trabajo:
-La edad mínima para celebrar contrato de trabajo será 18 años, alineándose con los convenios internacionales de la OIT.
-Se reduce el tiempo de cumplimiento del servicio social de 3 a 2 años.
-Se amplía el permiso para viajar al exterior hasta 1 año.
-La licencia sin sueldo será un derecho del trabajador, ya no una facultad discrecional de la administración.
-Todas las medidas disciplinarias podrán ser apeladas ante tribunales de justicia, incluyendo las de Mipymes y otras formas no estatales.
-La responsabilidad material también se podrá cuestionar judicialmente.
-Aparece la figura del trabajador autónomo (TCP) sin subordinados ni dependencia.
-Los tribunales podrán conocer del fondo en casos de disponibilidad laboral.
-Se exigirá un seguro para trabajadores no estatales en situaciones de epidemias, huracanes o apagones prolongados.
-Se define claramente el concepto de negligencia.
-Se autoriza licencia retribuida para cuidadores.
-Crearán una app para facilitar la búsqueda de empleo en plataformas digitales.
-Se cambia “idoneidad demostrada” por “capacidad demostrada” para ingresar al empleo.
-Se prohíbe el contrato por tiempo determinado para labores permanentes.
-Se establecen medidas para garantizar acceso, movilidad y desarrollo de personas con discapacidad.
-Se reconoce el derecho al teletrabajo donde sea posible.
-Los regímenes especiales pasarán a la vía judicial, excepto en FAR y MININT.
Este anteproyecto representa un avance importante para la protección y ampliación de derechos laborales en Cuba.
Tomado de: Observatorio Social Universitario UCf
Foto Portada: Periódico Escambray

